Estudios Evangélicos

¡Bienvenidos!

#

Los evangélicos y la 4T. Réplica a Leopoldo Cervantes-Ortiz

En el año 2021 se publicó en México el libro Religión y Política en la 4T, en cuyo tercer apartado, intitulado “Los Evangélicos en la 4T” [1], está el capítulo “Estado laico y nuevas coyunturas: la actuación política de algunos líderes evangélicos mexicanos”. En él se analiza a cuatro líderes evangélicos, entre los que se alude a la figura del Dr. Adolfo García de la Sienra Guajardo. A poco de andar en la lectura, se hace claro que el autor presenta una imagen distorsionada del pensamiento del Dr. García de la Sienra (en adelante, AGS), por lo que nos hemos propuesto analizar y precisar algunos de sus infundados comentarios.

Comencemos por las alusiones personales. En el primer párrafo, Cervantes-Ortiz describe a AGS como alguien que tiene “aficiones teológicas’’, como si se tratara de un simple aficionado a la teología, y afirma que “ostenta un exótico doctorado del Edinburg Seminary, Texas”. Esta es una alusión peyorativa que no corresponde a la realidad, pues AGS ha escrito diversos textos de teología que han sido publicados por instancias tan prestigiosas como la Academia de Ciencias de Bulgaria, la revista Poznan Studies for the Philosophy of the Sciences and the Humanities (The Rationality of Theism, Ámsterdam, Rodopi, 2000), y la Editorial de la Universidad Veracruzana, la cual publicó recientemente un libro suyo de teología, La naturaleza de la fe.

Por otra parte, el Edinburg Theological Seminary (Texas), le otorgó a AGS el doctorado honoris causa por su destacada carrera académica, caracterizada por la publicación de más de cien artículos y libros en las revistas y editoriales más prestigiadas de México, Estados Unidos y Europa, cincuenta años de docencia en diferentes universidades, innumerables conferencias en casi todos los países de Europa, en Estados Unidos y Canadá, así como en varios países iberoamericanos. Tan brillante y larga trayectoria le ha permitido alcanzar el Nivel III del Sistema Nacional de Investigadores del CONAHCYT.

Además, su labor como traductor es prolífica. Ha traducido ocho libros importantes de la escuela Wijsbegeerte der Wetsidee, WdW, filosofía de la idea de la ley, incorrectamente llamada “reformacional”, incluyendo los dos primeros volúmenes de la magna obra Una nueva crítica del pensamiento teórico de Herman Dooyeweerd, por lo que es considerado una autoridad mundial sobre el pensamiento de este autor neerlandés [2]. Por añadidura, ha sido un divulgador del pensamiento de dicha escuela en varios ámbitos no académicos.

En el mismo párrafo del referido capítulo, Cervantes-Ortiz cita un texto escrito ¡hace más de treinta años!, en el que AGS, precisamente antes de haber transitado hacia la forma reformada de pensar, miraba la historia de México desde una perspectiva hegeliana, perspectiva que el propio autor indica que abandonó desde entonces. No obstante, Cervantes-Ortiz concluye que con ese texto afloró la “proclividad” de AGS a “relacionar temáticas dispares, en este caso, la filosofía mencionada y una peculiar interpretación de la historia, con matices mítico-teológicos entreverados, aunque con varios tonos francamente fundamentalistas, como se puede notar en el fragmento citado”. Es sumamente grave, y exhibe una falta de profesionalismo y seriedad (o intenciones aviesas), que se pretenda describir el pensamiento de un autor con un texto tan remoto. El examen de las cerca de cien publicaciones posteriores de AGS, así como de sus conferencias disponibles en diversas plataformas, hacen evidente que dicho texto de juventud no representa su concepción actual.

La labor de investigación requerida para llegar a tratar con seriedad la obra de un autor requiere la comprobación documental de las afirmaciones que se realizan, por lo que es imprescindible una revisión exhaustiva de al menos sus publicaciones principales, si lo que se pretende es exponer el pensamiento de la persona que es objeto de estudio. No es digno de un académico serio tomar un solo texto del autor bajo escrutinio, sobre todo si es un texto muy remoto en el tiempo, y que ha sido ya desautorizado por el mismo autor. Está claro que AGS sufrió una transformación profunda y radical después de la publicación del texto citado por Cervantes-Ortiz.

Cervantes-Ortiz, afirma que AGS perteneció a la iglesia pentecostal y después se alineó a la “tradición presbiteriana”. Esto ocurrió hace no menos de 31 años y vino acompañado de una reforma profunda de los principios filosóficos de AGS. No se le ocurrió a Cervantes-Ortiz indagar qué cambios había sufrido desde entonces la cosmovisión de AGS.

Asegura Cervantes-Ortiz que, derivado de las obras del teólogo y político Abraham Kuyper, así como del filósofo Herman Dooyeweerd, AGS ha “producido” “una extraña interpretación centrada en el concepto de ‘esferas’ y que subraya la preminencia [sic] de Jesucristo en todas ellas”. Resulta a lo menos ininteligible la afirmación que se realiza de “extraña interpretación”, ya que el concepto de esfera es original de Abraham Kuyper (1880), presente en su obra y en autores posteriores, y se refiere a los diferentes ámbitos de autoridad de la vida social. Por ejemplo:

¡Pero aquí radica el glorioso principio de la Libertad! Esta perfecta Soberanía del Mesías sin pecado al mismo tiempo niega y desafía directamente cualquier soberanía absoluta entre los hombres pecadores de la tierra, y lo hace dividiendo la vida en esferas diferenciadas, que poseen cada una su propia soberanía. Nuestra vida humana, con su primer plano material visible y su trasfondo espiritual invisible, no es simple ni uniforme, sino que constituye un organismo infinitamente complejo. Está estructurada de tal manera que el individuo solo existe en grupos, y solo en tales grupos puede manifestarse el todo. Llamemos “engranajes” a las partes de esta única gran máquina, impulsados por muelles sobre sus propios ejes, o “esferas”, cada una de las cuales es animada por su propio espíritu. [3]

En ese mismo sentido, el propio Herman Dooyeweerd (1998) profundizó en el concepto de soberanía de las esferas, argumentando que esta teoría fue ajena a la mente griega, puesto que se encuentra “enraizada en la concepción cristiana de que ninguna esfera social singular puede abarcar la totalidad de la vida del hombre, la soberanía de las esferas implica que cada esfera en la sociedad tiene una tarea y competencia dada por Dios, que están limitadas por la naturaleza intrínseca de la esfera” (pp. 22-23). Así, el filósofo reflexiona acerca de la importancia de este concepto para la sociedad humana, al afirmar que:

La soberanía de las esferas garantiza para cada esfera social una intrínseca naturaleza y ley de vida. Y con esta garantía provee la base para una esfera original de autoridad y competencia no derivada de la autoridad de cualquier otra esfera, sino directamente de la autoridad soberana de Dios (pp. 49-50).

Por supuesto que ambos autores establecen la preeminencia de Jesucristo en las diferentes esferas de autoridad (Cervantes-Ortiz parece poner dicha preeminencia en duda), puesto que tiene toda potestad sobre todas ellas, de tal manera que la interpretación y profundización de AGS del concepto de soberanía de las esferas, evidenciado en diversas publicaciones de prestigiosas revistas indexadas, así como en sus muchas conferencias, es consecuente con los teóricos referidos. No se comprende la extrañeza que manifiesta Cervantes-Ortiz.

Aludiendo a la anterior afirmación, Cervantes-Ortiz asevera que AGS ha combinado “ideas reformadas con otras que ha tomado directamente de Dooyeweerd”. Esta afirmación es por demás curiosa, ya que Herman Dooyeweerd es uno de los pensadores reformados más grandes de la historia. Es reconocido por desarrollar una filosofía claramente bíblica y por lo tanto no contaminada con síntesis paganas (Strauss, 2021). Afirmar que se realiza una combinación de ideas reformadas con ideas de Dooyeweerd es una extraña redundancia; es como afirmar que se combinan ideas reformadas con ideas reformadas.

Asimismo, Cervantes-Ortiz atribuye a AGS “una defensa del neoliberalismo y la globalización, como se puede ver en ‘Neoliberalismo, globalización y filosofía social’”. Dicha afirmación es equivocada, pues una lectura honesta del artículo citado puede ver que el autor realiza una dura crítica al neoliberalismo y la forma que ha asumido la globalización. Precisamente en la sección 5, intitulada Crítica del neoliberalismo: ¿Reforma o revolución?, AGS (2003) asevera que “el problema principal con el neoliberalismo y su práctica es que tiende a arrasar las estructuras sociales a través de una indebida expansión de una de ellas —el mercado—, pero ni siquiera el mercado en su integridad, sino el mercado de capital financiero” (p. 78), al tiempo que la globalización es:

una perversión precisamente porque es un proceso de integración mal dirigido, ya que quebranta (entre otras) la norma de la economía cultural. La vulnera en cuanto que pretende la creación de un mercado mundial sin un desarrollo correlativo de otras instituciones mundiales, notablemente un Estado mundial (p. 79).

Por lo tanto, el sentido del artículo utilizado por Cervantes-Ortiz para asegurar que AGS realiza una defensa del neoliberalismo y la globalización no implica una apología de tales sistemas, sino ¡un análisis profundo y una severa crítica a éstos! Tal parece que Cervantes-Ortiz no leyó —o no entendió— el artículo de marras.

Por otra parte, Cervantes-Ortiz opina que AGS sostiene una “postura ideológica completamente contraria a cualquier forma de socialismo o ‘izquierdismo’, que cree derivarse directamente de sus lecturas calvinistas holandesas, lo que lo sitúa indudablemente en la franja más fundamentalista del protestantismo actual”. Nuevamente se realiza una aseveración equivocada pues el calvinismo neerlandés, efectivamente, ha sido consistentemente antirrevolucionario y antisocialista por lo menos desde 1857, y su primer partido político se llamó Partido Antirrevolucionario (Runner, 2001; Villanueva smd), tal como se evidencia en la obra de Guillermo Groen Van Prinsterer (2005), quien establece que los problemas que fustigaron a Europa a finales del siglo XVIII, fueron precisamente el resultado de la incredulidad. Por lo tanto, no es que “cree derivarse”, sino que se deriva claramente.

Específicamente la Revolución francesa, así como las ideas que brotaron de ésta, son definidas por Groen Van Prinsterer como “los axiomas básicos de libertad e igualdad, de soberanía popular y contrato social, … la reconstrucción artificial de la sociedad por el consentimiento común” (p. 4). Por ello Groen concluye que “donde quiera que estas teorías echan ancla, el pueblo es arrojado al torbellino de la miseria y la aflicción” (p. 4), pues dichas ideas revolucionarias tienen su origen en el rechazo del Evangelio.

Uno de los discípulos de Groen fue Abraham Kuyper, fundador de la Escuela Libre de Ámsterdam y Primer Ministro de los Países Bajos. Posteriormente surgieron figuras como Herman Dooyeweerd, Dirk Hendrik Theodoor Vollenhoven y con ellos “una pléyade de filósofos y juristas que han producido una concepción filosóficamente desarrollada de los principios antirrevolucionarios” (García de la Sienra, 2010, p. L).

Por su parte, Evan Runner, influenciado igualmente por las referidas “lecturas calvinistas holandesas”, estableció la importancia de la irrupción de Guillermo Groen Van Prinsterer y de Abraham Kuyper, así como el desarrollo de la filosofía de la idea-ley, al afirmar que:

marcó un deseo de un rompimiento radical con los patrones largamente establecidos de pensamiento sintético en favor de una perspectiva y una aproximación a la vida radicalmente escriturales. Eso es lo que ha hecho al calvinismo holandés diferente; eso ha sido la fuerza de la renovación de la vida cristiana y la academia en los Países Bajos (Zylstra, 2001, pp. 3-4).

Bajo esa misma perspectiva, Runner (2001) afirma que no se debe asumir una responsabilidad política partiendo de la suposición de que las únicas opciones existentes son el conservadurismo, el liberalismo, el socialismo o el comunismo, pues “la Palabra de Dios, cuando toma posesión de nuestros corazones, conduce a la reforma desde el comienzo, donde empezaron la apostasía y el descarrilamiento” (p. 188), por lo que concluye que el cristiano no debe aceptar las ideas y los principios que nos rodean, mismos que se han desarrollado en la historia, por cierto, religiosamente dirigida, sino que, con base en la Palabra-Ley de Dios, debe cumplir su tarea política.

Por lo demás, no está claro lo que Cervantes-Ortiz quiere significar con “fundamentalismo”. El diccionario de la Real Academia Española en su tercera acepción lo define como “exigencia intransigente de sometimiento a una doctrina o práctica establecida” [4]. A su vez, el énfasis en el fundamentalismo religioso se establece como “un conjunto de creencias basadas en una interpretación literal de un manuscrito considerado sagrado, con una exigencia intransigente de sometimiento a una doctrina” (Benoliel, et al., 2019, p. 36). En ambos casos, el concepto está vinculado con una actitud intransigente que no permite otra expresión que no corresponda con su fundamento.

Lo anterior no corresponde a la antes mencionada teoría de la soberanía de las esferas ya que, justamente, esta perspectiva impide que alguna autoridad terrenal se levante como soberana sobre otras, imponiendo alguna forma de vida o modo de pensar; es decir, imposibilita cualquier tipo de actitud intransigente, en razón de que “el principio de soberanía en su propia esfera prohíbe que el estado use su poder en favor de una fe. Significa que la concepción cristiana del estado es que el estado no debe favorecer el cristianismo” (Clouser, 2022, p. 374).

Por tanto, esta teoría no supone otorgar predominio a alguna institución religiosa, sino una correcta diferenciación de funciones, de tal manera que una institución no usurpe funciones de otra (Palomo y Delgado, 2019). Lo que enfatiza es que el Estado debe conformar una sociedad verdaderamente justa para todos, independientemente de sus creencias religiosas (Clouser, 2022).

También es evidente que el pensamiento de AGS no corresponde a las antes citadas definiciones de fundamentalismo, en tanto que sus posturas son claras en diversas publicaciones académicas, así como en el posicionamiento que él mismo realizó en su perfil Facebook, el 14 de junio de 2023, al afirmar: “ciertamente yo no me considero fundamenta-lista en ningún sentido y no pretendo erradicar el pluralismo religioso, sino que más bien defiendo sin ambages la libertad religiosa. No tengo problemas con las preferencias sexuales de las personas pero sí con la llamada ideología de género”. Así que, pese a que no queda claro a qué se refiere Cervantes-Ortiz por fundamentalismo, evidentemente es un epíteto que no corresponde al pensamiento de AGS.

Cervantes-Ortiz, continúa su argumentación con la aseveración de que la labor de divulgación de AGS “es subrepticia, pues desde sus redes sociales fomenta el ‘pensamiento reformacional’ y, eventualmente, ha lanzado algunas propuestas políticas, como el denominado Partido de la Reforma Nacional (PRN) [en realidad es Frente de la Reforma Nacional], cuyos fundamentos dio a conocer el 8 de febrero de 2020 en su muro de Facebook”. Esta afirmación es contradictoria, pues por definición una actividad subrepticia implica “que se hace o toma ocultamente o a escondidas” [5]. Sin embargo, publicar en las redes sociales es una actividad que dista como ninguna de ser subrepticia, ya que incluso abarca a un público más amplio y diverso, no restringido al sector académico. Además, AGS ha expuesto clara y abiertamente en todos los foros posibles sus ideas, así como en todas de sus publicaciones.

Cervantes-Ortiz culmina diciendo que “con todo y su supuesta sofisticación filosófica no se aleja de los postulados más conservadores que se utilizan desde visiones estereotipadas de las concepciones protestantes sobre la política partidaria, identificándolas con la creciente derechización de esa zona del campo religioso latinoamericano”. Hablar una “supuesta sofisticación filosófica” es un intento de denigrar el pensamiento de AGS, emitiendo un juicio sobre su obra sin siquiera conocerla. Como ya se mencionó, AGS goza de un reconocimiento académico a nivel internacional.

Además, no se trata de visiones estereotipadas, sino de sólidos fundamentos filosóficos que se retrotraen a Juan Calvino (1509-1564), Juan Altusio (1557-1638), así como a sus sucesores neerlandeses. La línea política que proviene del calvinismo pasa por Juan Altusio, por Abraham Kuyper, y por la ya citada escuela WdW. Por supuesto que toda publicación académica, toda teoría, está sujeta al escrutinio, pues la crítica no sólo es válida, sino también necesaria en la producción de conocimiento. Sin embargo, dicha tarea tiene que llevarse con una profunda revisión documental, con el fin de comprender el pensamiento de la persona que es objeto de estudio, mediante el análisis de fuentes primarias del mismo, ya que se trata de defender o criticar tesis filosóficas. De otra manera, sólo se incurre en argumentos ad hominem, carentes de seriedad científica.

Es una visión estereotipada la que califica como fundamentalista, de “derecha” o carente de rigor científico todo lo que provenga del pensamiento expresamente cristiano. El pensamiento político cristiano no es ninguna novedad, ya que cuenta con una larga tradición académica, por lo que merece un estudio serio y riguroso.

___

Notas

[1] “4T” o Cuarta Transformación, es el proyecto político encabezado por el actual presidente de México, Andrés Manuel López Obrador.
[2] Bas Hengstmengel, en la revista calvinista neerlandesa Sophie (“Neocalvinisme in Zuid-Amerika”, 2023, 3), afirma: “Una figura central, asociada al instituto [Cántaro, de Ontario], es Adolfo García de la Sienra Guajardo, profesor de filosofía y teoría económica. Puede ser considerado el más grande conocedor [de grootste kenner] de la filosofía reformada en el mundo de habla hispana”.
[3] http://estudiosevangelicos.org/soberania-de-las-esferas/ recuperado el 22/06/2023
[4] https://dle.rae.es/fundamentalismo
[5] https://dle.rae.es/subrepticio

Referencias

Benoliel, D., Etchezahar, E., & Ungaretti, J. (2020). Fundamentalismo religioso y su relación con variables psicosociales en judíos ortodoxos. Acta de investigación psicológica, 10(1), 36-48.
Cervantes-Ortiz, L. (2021). Estado laico y nuevas coyunturas: la actuación política de algunos líderes evangélicos mexicanos. En Garma, C.; Corpus, A.; Ramírez, M. (Coords.). Religión y política en la 4T. Debates sobre el estado laico. [Edición Kindle] México: Universidad Autónoma Metropolitana: Juan Pablos Editor. Recuperado de

Clouser, R. (2022). El mito de la neutralidad religiosa. Un ensayo sobre el papel oculto de la creencia religiosa en las teorías, Niágara: Cántaro publications.
Dooyeweerd, H. (1998). Las raíces de la cultura occidental. Barcelona: CLIE.
García de la Sienra, A. (2000). The Rationality of Theism (Poznan Studies for the Philosophy of the Sciences and the Humanities). Ámsterdam: Rodopi.
García de la Sienra, A. (2010), “Christian Faith as Trust’”, Balkan Journal of Philosophy, vol. 2, no. 1, 13-20.
García de la Sienra, A. (2003), “Neoliberalismo, globalización y filosofía social”, Diánoia, vol. 48 no. 51, 61-82.
García de la Sienra, A. (2022). La naturaleza de la fe. Escritos de teología, Xalapa: Universidad Veracruzana.
Hengstmengel, B. (2023). “Neocalvinisme in Zuid-Amerika”, Sophie 3.
https://sophieonline.nl/neocalvinisme-in-zuid-amerika/
Kuyper, A. (2003). Conferencias sobre el calvinismo, traducido según la versión inglesa publicada en la dirección internet: http://www.kuyper.org, (smd).
Palomo, L. & Delgado, E. (2019). Repensando la laicidad: el caso mexicano. Graffylia, 4(7), 84-103.
Runner, E. (2001). Política y academia escriturales. Una exposición de la filosofía evangélica sobre la educación y la práctica política, Barcelona: CLIE.
Strauss, D. (2021). La filosofía de Herman Dooyeweerd, Jordan Station: Paidea Press.
Van Prinsterer, G. (2005). Incredulidad y Revolución, Xalapa: Fábrica de ideas.
Villanueva, R. ¿Quién fue Groen Van Prinsterer? (Smd)
https://edinburgseminary.academia.edu/RaymundoVillanuevaMendiola Recuperado el 23/06/2023.

Páginas de internet:

https://brill.com/display/serial/PS
https://www.edinburgseminary.org/
http://estudiosevangelicos.org/soberania-de-las-esferas/ recuperado el 22/06/2023
https://dle.rae.es/fundamentalismo recuperado el 23/06/2023
https://dle.rae.es/subrepticio recuperado el 23/06/2023